Reglamento de la Asociación Mexicana de Nueroética
La Asociación Mexicana de Neuroética fue fundada en el año 2016.
El objeto de la Asociación es:
- Promover la difusión y desarrollo de la neuroética en México y en el extranjero, mediante foros interdisciplinarios de discusión y análisis de temas neurocientíficos y neurotecnológicos, así como investigación y enseñanza a la comunidad científica y al público en general con un enfoque responsable, integro, respetuoso, humanista y secular.
- Recibir apoyos y estímulos de carácter público o privado, destinándolos exclusivamente al cumplimiento de su objeto, así como realizar todo tipo de eventos encaminados a la obtención de fondos, especialmente mediante donativos en efectivo y especie, sean de origen nacional o del extranjero, a fin de dar cabal cumplimiento al presente objeto.
- Formar parte de otras asociaciones o instituciones con fines similares y en general, establecer relaciones con instituciones y organismos nacionales e internacionales de naturaleza semejante a la asociación, con fines de cooperación e intercambio.
- En general celebrar toda clase de actos, convenios, contratos y operaciones anexas, conexas, accesorias o accidentales que sean convenientes o necesarias para la realización de su objeto y la consecución de todos sus fines.
- De los Asociados: Tendrán carácter de asociados los que firmen esta escritura y las personas físicas o morales que posteriormente sean admitidas con ese carácter por la Asamblea General.
- Integración de la Asociación: Estará integrada la Asociación por asociados, de la siguiente manera:
- Asociados fundadores: Todos aquellos que firmen el acta constitutiva.
- Asociados Activos: Todos aquellos que participen activamente en el funcionamiento de esta asociación.
- Asociados Honorarios: Serán todos aquellas personas físicas o morales, que, sin estar comprendidas en las anteriores categorías, se vinculen con la asociación, por causa de beneficio, méritos, donativos servicios prestados o donaciones hechos para contribuir al logro del objeto social y sean acreedores de tal distinción por acuerdos de la Asamblea General.
- Ingreso; Para obtener el ingreso a la Asociación como Asociado Activo se requiere presentar por escrito la solicitud al Consejo General quien aprobará o no el ingreso y ordenará en caso afirmativo que se anote en el Libro de Registro de Asociados que al efecto se llevará, el nombre, dirección y la firma del nuevo asociado.
- Deberes y derechos de los Asociados activos; Son deberes y derechos de los Asociados Activos: Los miembros activos tendrán a su cargo la realización de todas las actividades y comisiones relacionadas con los objetivos y finalidades de la Asociación, y las que les confieran la Asamblea General o el Consejo General, en su caso, teniendo la obligación de informar a éste sobre las actividades realizadas por ellos en cumplimiento de sus funciones.
- Acatar estos Estatutos así como los Reglamentos y decisiones del Consejo General y de la Asamblea.
- Cubrir con puntualidad las cuotas ordinarias y extraordinarias que determine la Asamblea General.
- Comprometerse con lealtad a los intereses de la Asociación.
- Ser inscrito en el Libro de Registro de asociaciones que lleven la Asociación.
- Percibir la cuota en el haber social que les corresponda, en caso de disolución de la Asociación.
- Formar parte del Consejo General si tiene por lo menos un año de haber ingresado a la Asociación.
- Formar parte del Consejo de Vigilancia cuando hubiere sido designados por la Asamblea General.
- Desempeñar con diligencia cualquier cargo, puesto que les fuere asignado por los Órganos Sociales.
Organización del Consejo General
- Presidente. – Las funciones del presidente serán:
- Representar a la Asociación en nombre del Consejo General.
- Convocar a las sesiones ordinarias en nombre del Consejo General, así como a las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de la Asociación.
- Presidir tanto las sesiones del Consejo, como las asambleas de cualquier índole.
- Firmar tanto las Actas del Consejo, como los contratos y toda aquella documentación que por su importancia lo amerite.
- Delegar la firma de documentos o correspondencia que considere de menor importancia ya sea en el Secretario General o en el Gerente Administrativo.
- Secretario. – Las funciones del Secretario, serán:
- Llevar los libros de Actas de la Asociación.
- Dar fe con su firma de la autenticidad de la firma del Presidente en actas, contratos, documentos y correspondencia que se considere pertinente.
- Formular junto con el Presidente, las convocatorias a Juntas del Consejo General y las demás actividades inherentes a su cargo.
- Desempeñar las comisiones que le confiera el Consejo General y las demás actividades inherentes a su cargo.
- Tesorero.- Las funciones del Tesorero serán:
- Reanudar oportunamente las cuotas y demás valores que deban ingresar a la Asociación autorizando bajo su firma los recibos correspondientes.
- Recibir y custodiar los fondos de la Asociación y depositarlos en un lugar seguro.
- Autorizar los pagos que correspondan a la Asociación.
- Elaborar informes semestrales para el Consejo General mostrando la situación financiera de la Asociación. Dichos informes deberán elaborarse antes de un mes en caso de que se requieran y deberán llevar los estados contables respectivos.
- Formular y presentar anualmente a la Asamblea General Ordinaria, el balance general de la Asociación y Estados Financieros.
- Vocales.- Las funciones de las vocales serán:
- Suplir las ausencias de los titulares a solicitud del Consejo.