Asociación Mexicana de Neuroética

Reglamento de la Asociación Mexicana de Nueroética

La Asociación Mexicana de Neuroética fue fundada en el año 2016.

El objeto de la Asociación es:

  1. Promover la difusión y desarrollo de la neuroética en México y en el extranjero, mediante foros interdisciplinarios de discusión y análisis de temas neurocientíficos y neurotecnológicos, así como investigación y enseñanza a la comunidad científica y al público en general con un enfoque responsable, integro, respetuoso, humanista y secular.
  2. Recibir apoyos y estímulos de carácter público o privado, destinándolos exclusivamente al cumplimiento de su objeto, así como realizar todo tipo de eventos encaminados a la obtención de fondos, especialmente mediante donativos en efectivo y especie, sean de origen nacional o del extranjero, a fin de dar cabal cumplimiento al presente objeto.  
  3. Formar parte de otras asociaciones o instituciones con fines similares y en general, establecer relaciones con instituciones y organismos nacionales e internacionales de naturaleza semejante a la asociación, con fines de cooperación e intercambio.
  4. En general celebrar toda clase de actos, convenios, contratos y operaciones anexas, conexas, accesorias o accidentales que sean convenientes o necesarias para la realización de su objeto y la consecución de todos sus fines.
  5. De los Asociados: Tendrán carácter de asociados los que firmen esta escritura y las personas físicas o morales que posteriormente sean admitidas con ese carácter por la Asamblea General.
  6. Integración de la Asociación: Estará integrada la Asociación por asociados, de la siguiente manera:
  7. Asociados fundadores: Todos aquellos que firmen el acta constitutiva.
  8. Asociados Activos: Todos aquellos que participen activamente en el funcionamiento de esta asociación.
  9. Asociados Honorarios: Serán todos aquellas personas físicas o morales, que, sin estar comprendidas en las anteriores categorías, se vinculen con la asociación, por causa de beneficio, méritos, donativos servicios prestados o donaciones hechos para contribuir al logro del objeto social y sean acreedores de tal distinción por acuerdos de la Asamblea General.
  10. Ingreso; Para obtener el ingreso a la Asociación como Asociado Activo se requiere presentar por escrito la solicitud al Consejo General quien aprobará o no el ingreso y ordenará en caso afirmativo que se anote en el Libro de Registro de Asociados que al efecto se llevará, el nombre, dirección y la firma del nuevo asociado.
  11. Deberes y derechos de los Asociados activos; Son deberes y derechos de los Asociados Activos: Los miembros activos tendrán a su cargo la realización de todas las actividades y comisiones relacionadas con los objetivos y finalidades de la Asociación, y las que les confieran la Asamblea General o el Consejo General, en su caso, teniendo la obligación de informar a éste sobre las actividades realizadas por ellos en cumplimiento de sus funciones.
  12. Acatar estos Estatutos así como los Reglamentos y decisiones del Consejo General y de la Asamblea.
  13. Cubrir con puntualidad las cuotas ordinarias y extraordinarias que determine la Asamblea General.
  14. Comprometerse con lealtad a los intereses de la Asociación.
  15. Ser inscrito en el Libro de Registro de asociaciones que lleven la Asociación.
  16. Percibir la cuota en el haber social que les corresponda, en caso de disolución de la Asociación.
  17. Formar parte del Consejo General si tiene por lo menos un año de haber ingresado a la Asociación.
  18. Formar parte del Consejo de Vigilancia cuando hubiere sido designados por la Asamblea General.
  19. Desempeñar con diligencia cualquier cargo, puesto que les fuere asignado por los Órganos Sociales.

Organización del Consejo General

  1. Presidente. – Las funciones del presidente serán:
  2. Representar a la Asociación en nombre del Consejo General.
  3. Convocar a las sesiones ordinarias en nombre del Consejo General, así como a las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de la Asociación.
  4. Presidir tanto las sesiones del Consejo, como las asambleas de cualquier índole.
  5. Firmar tanto las Actas del Consejo, como los contratos y toda aquella documentación que por su importancia lo amerite.
  6. Delegar la firma de documentos o correspondencia que considere de menor importancia ya sea en el Secretario General o en el Gerente Administrativo.   
  7. Secretario. – Las funciones del Secretario, serán:
  8. Llevar los libros de Actas de la Asociación.
  9. Dar fe con su firma de la autenticidad de la firma del Presidente en actas, contratos, documentos y correspondencia que se considere pertinente.
  10. Formular junto con el Presidente, las convocatorias a Juntas del Consejo General y las demás actividades inherentes a su cargo.
  11. Desempeñar las comisiones que le confiera el Consejo General y las demás actividades inherentes a su cargo.
  12. Tesorero.- Las funciones del Tesorero serán:
  13. Reanudar oportunamente las cuotas y demás valores que deban ingresar a la Asociación autorizando bajo su firma los recibos correspondientes.
  14. Recibir y custodiar los fondos de la Asociación y depositarlos en un lugar seguro.
  15. Autorizar los pagos que correspondan a la Asociación.
  16. Elaborar informes semestrales para el Consejo General mostrando la situación financiera de la Asociación. Dichos informes deberán elaborarse antes de un mes en caso de que se requieran y deberán llevar los estados contables respectivos.
  17. Formular y presentar anualmente a la Asamblea General Ordinaria, el balance general de la Asociación y Estados Financieros.
  18. Vocales.- Las funciones de las vocales serán:
  19. Suplir las ausencias de los titulares a solicitud del Consejo.